Cotizaciones e IRPF se comen el 40% del sueldo
9 de julio de 2018
Por admin

Los cantos de sirena sobre el posible abordamiento de una reforma fiscal en España parece que suenan más fuerte tras la entrada en el Gobierno del PSOE. Una remodelación que, sin embargo, es necesaria para reequilibrar los ingresos del sistema, y concretamente de los organismos más deficitarios como es el caso de la Seguridad Social que contabilizará en 2018 un desfase superior a los 18.000 millones de euros. Sin embargo, esta tarea está reservada para otro tiempo, toda vez que los socialistas no podrán llevar a cabo profundas reformas en el Congreso, donde hoy solo disponen de 84 diputados.

En este sentido, un esbozo de la coyuntura fiscal en España aparece reflejado en el último informe del Día de la Liberación Fiscal, elaborado por el Think Tank Civismo, donde una de las conclusiones es la elevada presión fiscal sobre la renta del trabajo que soportan los españoles en comparación con otros países desarrollados. Así, solamente 14 de los 34 economías avanzadas que integran la OCDE tienen una unos gravámenes sobre los salarios de sus empleados más altos que la de España, lo que desmonta la teoría de un país que goza de una imposición reducida.

De hecho, la “cuña fiscal”, lo que en el estudio se entiende como el peso real de los impuestos en el trabajo, basado en la evolución de las bases imponibles del IRPF, es en España de media de un 37,25 por ciento. Esto quiere decir que casi el 40 por ciento del salario bruto de los españoles de media –no se contabiliza a los mayores de 65 años, que al obtener altos beneficios fiscales tan solo soportan un gravamen del 12,03 por ciento sobre su renta– se destina al pago del IRPF y de las cotizaciones sociales.

En este sentido, la presión sobre los sueldos es heterogénea entre los diferentes grupos de edad de la población activa. Así, de cada 100 euros que el empresario paga al empleado de entre 19 y 29 años en concepto de coste laboral, este cobrará 64,11 euros, lo que representa una cuña fiscal del 35,89 por ciento. En el caso de los trabajadores de entre 30 y 44 años, la retribución neta se sitúa en los 62,5 euros percibidos, por lo que la cuña fiscal asciende al 37,5 por ciento. Para los empleados de entre 45 y 64 años, reciben una cantidad de 61,66 euros de cada 100, en lo que se traduce en una presión sobre la renta bruta del trabajo del 38,34 por ciento. Es el grupo de edad que más aporta al sistema, coincidiendo con el tramo previo al acceso a la jubilación.

Menor devolución del Estado

Una de las novedades del estudio es la relación establecida entre lo que los ciudadanos contribuyen al Estado y lo que reciben a cambio, en forma de servicios públicos. En este aspecto es importante puntualizar que el valor de los servicios públicos recibidos por un ciudadano se incrementa exponencialmente cuando se llega al jubilación. De hecho, el valor de lo que el ciudadano percibe en se triplica, pasando de los 6.934 euros nominales en la cohorte de entre 16 y 29 años a los 22.388 en el grupo mayor de 65 años. Si bien es cierto que al llegar a esta edad la mayor parte de los servicios recibidos se sustentan en los 15.454 euros de media de la pensión pública.

A su vez, la carga impositiva también varía por tramos de edad, siendo de 15.662 euros anuales entre los 45 y 64 años (el grupo que más aporta), y de 10.449 y 4.620 euros, en los grupo de los jóvenes y los mayores de 65 años, respectivamente.

De este modo, el informe sobre fiscalidad concluye que son casi el 80 por ciento de contribuyentes los que pagan más impuestos que lo que reciben hasta la edad de jubilación. Así, los trabajadores abonan entre 3.515 y 7.775 euros anuales más de lo percibido en servicios públicos durante los 35 años de carrera de cotización, es decir, una aportación un 23,5 por ciento mayor de lo percibido. Todo ello, para después, una vez llegada la jubilación, disfruten de unos servicios valorados en 17.768 euros anuales veinte años.

El investigador de la Universidad Essex y autor del estudio, Javier Santacruz, explica que este hecho “desincentiva cotizar a la Seguridad Social” y añade que para una persona es “rentable” aportar al sistema siempre que las pensiones suban cada año por encima del uno por ciento, lo que implicas que si bien los actuales beneficiarios están recibiendo más de lo que aportaron en los retiros de dentro de 10 y 15 años se rebierta la proporción.

‘Liberación fiscal’

El espíritu del informe, el Día de la Liberación Fiscal, se explica como el número de jornada de trabajo que un empleado debe dedicar para cumplir con sus obligaciones fiscales de un año. En este sentido, los españoles habrán trabajado una media de 177 días para sufragar el total de las obligaciones tributarias de un año, siendo ese día de la liberación el 27 de junio.

Dentro del cómputo global, las cotizaciones sociales suponen una media de 102 jornadas de salario, a las que se suman las 35 jornadas para liquidar el IRPF, 25 días más para el IVA, 11 días para impuestos Especiales y otro 5 días para tributos estatales, autonómicos y municipales como el IBI, Patrimonio, Sucesiones o Matriculación. Ello, deja un resto de 187 días de sueldo libres para el contribuyente.

Así, Cataluña fue la región donde se necesitan más jornadas de salario para liberarse de sus cargas (5 de julio). Como explica Santacruz, esto se debe principalmente por unos tipos de IRPF en el tramo autonómico muy superiores a la media nacional de entre 2,5 y 4 puntos porcentuales en cada tramo de renta. Por contra, donde menos se tardó en liquidar estas obligaciones fue en La Rioja (26 de junio).

Hasta 190 días para liquidar con Hacienda

Para las rentas más acaudaladas, con retribuciones superiores a 150.000 euros brutos anuales, el día de la liberación fiscal, es decir, el número de jornadas remuneradas necesario para cumplir sus obligaciones con Hacienda asciende hasta 190. El alargamiento de este periodo responde a la subida de los tramos altos de IRPF en cinco autonomías (Aragón, Baleares, Cantabria, Galicia y La Rioja) y los incrementos aplicados en Navarra en 2016. Así, la cuña fiscal para estas rentas es del 48,25 por ciento en las comunidades autónomas de régimen común y del 50,4 y 53,1 por ciento en País Vasco y Navarra, respectivamente.

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